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jueves, 21 de enero de 2010


Tránsfugas tienen plazo hasta el 5 de febrero para renunciar a sus partidos
7:24 | En adelante las renuncias serán consignadas en hojas de vida. Presidentes regionales que aspiren a alcaldías dimitirán en abril del presente año
Por: Héctor Villalobos
Muchos alcaldes distritales pegaron el grito en el cielo cuando el burgomaestre de Surquillo, Gustavo Sierra , los mencionó dentro de una lista de autoridades que estaban en conversaciones para integrarse a la agrupación del presidente regional del Callao, Álex Kouri . Aunque varios de ellos han negado estar en ese grupo, la verdad se conocerá dentro de dos semanas, específicamente el próximo 5 de febrero.
Ese día vence el plazo para que los afiliados a partidos políticos que quieran ser candidatos en las próximas elecciones regionales y municipales por una agrupación distinta renuncien a sus movimientos de origen. Así lo especifica una reciente modificación al artículo 18 de la Ley de Partidos Políticos que indica que la renuncia se debe hacer con cinco meses de anticipación a la fecha del cierre de las inscripciones del proceso electoral.
Virgilio Hurtado Cruz, director de Gobernabilidad, Investigación y Proyectos Especiales del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), hizo esta precisión en una conferencia de prensa en la que explicó algunos de los recientes cambios en las leyes que regulan los procesos electorales.
“En la declaración jurada de vida los candidatos deben incorporar sus renuncias a las diversas organizaciones y partidos. Esto va a permitir al elector ver el recorrido político y los transfuguismos en que hubiese incurrido el candidato”, precisó el funcionario.
Según la ley, esta renuncia será remitida al partido respectivo con copia a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas.
OTROS CAMBIOS 
El representante del JNE recordó, entre otras novedades que se vienen en este proceso, que aquellos candidatos que consignen información falsa en sus hojas de vida deberán ser retirados por sus agrupaciones políticas y pueden ser también sujetos de una denuncia penal.
Manifestó también que quienes postulen a un cargo regional deberán acreditar como mínimo tres años de residencia efectiva en la región por la que candidatean.
Aunque no quiso mencionar nombres, esto quiere decir que, por ejemplo, Kenji Fujimori, quien es voceado como candidato para la presidencia regional de Lima Provincias, deberá cumplir con este requisito.
A partir de este proceso, los movimientos regionales estarán obligados, al igual que hasta ahora lo estuvieron los partidos políticos, a realizar elecciones internas para definir a sus candidatos. Estas se efectuarán entre el 6 de abril y el 14 de junio.
RENUNCIA DE AUTORIDADES 
De acuerdo con las normas vigentes, los presidentes regionales que deseen postular a las alcaldías o los alcaldes que quieran tentar una presidencia regional deberán renunciar a sus cargos 6 meses antes de la elección.
Esto quiere decir que, en caso de que el presidente regional del Callao, Álex Kouri, busque el sillón municipal limeño, debe presentar su renuncia el próximo 3 de abril.
El jurado recordó que si ningún candidato a presidente regional obtiene el 30% de los votos válidos, deberá participar en una segunda vuelta electoral con su competidor más cercano.
LO QUE SE VIENE
Cronograma municipal y regional
[5/2/2010]
Convocatoria a elecciones regionales y municipales. Renuncia de afiliados a partidos políticos para poder ser candidatos en otra organización política.
[3/4/2010]
Renuncia de los presidentes de los gobiernos regionales para ser candidatos a alcalde.
Renuncia de los alcaldes de los concejos municipales para ser candidatos a presidente regional.
[Del 6/4 al 14/6/2010]
Elecciones internas de candidatos a cargos de elección popular en los partidos políticos y movimientos regionales.
[5/6/2010]
Solicitud de inscripción de organizaciones políticas y alianzas electorales. Cierre del padrón electoral.
[5/7/2010]
Solicitud de inscripción de listas de candidatos a cargos de elección regional y municipal.
[15/7/2010]
Aprueban padrón electoral.
[3/10/2010]
Elecciones regionales y municipales.
EL DATO
Definición
Según el Diccionario de la Real Academia Española, la primera acepción de tránsfuga es: “Persona que pasa de una ideología o colectividad a otra”.

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