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lunes, 28 de mayo de 2018

Retorno a la bicameralidad

La existencia de una sola cámara y la aprobación de leyes sin el doble debate, ocasiona que el poder de la mayoría sea incontrolable y, más grave aún, si esta mayoría proviene de un solo grupo político que tiene el control del Congreso, ocasionando, con mucha frecuencia, errores legislativos, que, si no terminan en un proceso de inconstitucionalidad ante el TC, generan efectos negativos en lo político, económico y social.

Escribe: Óscar Urviola Hani (*)
(*) Ex presidente del Tribunal Constitucional

En el Congreso se ha anunciado que la Comisión de Constitución iniciará el debate de varios proyectos de reforma constitucional en torno a la organización del Poder Legislativo, que proponen el restablecimiento de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, que reunidas forman el Congreso de la República.
Como es sabido, la reforma constitucional requiere, como mínimo, de una votación calificada, es decir de dos tercios más uno de los miembros hábiles del Congreso, en dos legislaturas ordinarias, para que quede sancionada, por lo tanto, si este Congreso quiere  hacer esta reforma debe apurar el paso.
Es importante que sobre la reforma se abra un debate no sólo en el Congreso, sino también en las universidades y en los medios, sin la pasión y la perspectiva sesgada al tema exclusivamente económico, con el que gran parte de la población lo ha tratado, al cual se ha mostrado abiertamente contrario, alimentado, claro está, por el descrédito de los políticos y la impopularidad del parlamento, que no es privativo de nuestro país. 
Los proyectos son variados, sin embargo, todos ellos coinciden en la necesidad de retornar a un Congreso bicameral; los hay desde los que proponen un Senado con 50 Senadores, elegidos en distrito nacional y una de Diputados con 170 elegidos por regiones, otros por jurisdicciones más pequeñas, hasta los que, sólo con el número actual de congresistas, proponen partir el Congreso en 30 senadores y 100 diputados, privilegiando sólo el aspecto económico, dejando de lado la proporción entre población y nivel de representación.
Nuestra democracia ha retrocedido en relación a la representación anterior a los años 90, al crecimiento de la población de más de 30 millones y en comparación a democracias de países vecinos, más pequeños y menos poblados que el nuestro, que tienen una mayor representación, como Bolivia, para citar al más cercano en muchos aspectos.
La urgencia de la modificación radica, entre otras razones, en la necesidad de garantizar la seguridad jurídica del país. La existencia de una sola cámara y la aprobación de leyes sin el doble debate, ocasiona que el poder de la mayoría sea incontrolable y, más grave aún, si esta mayoría proviene de un solo grupo político que tiene el control del Congreso, ocasionando, con mucha frecuencia, errores legislativos, que, si no terminan en un proceso de inconstitucionalidad ante el TC, generan efectos negativos en lo político, económico y social. Podemos citar como ejemplo de esos errores la ley que normaba el trabajo juvenil, que se hizo famosa como la “Ley Pulpín”.
Debemos tener en cuenta que la organización de nuestro Congreso no puede repetir el modelo bicameral que establecía la Constitución de 1979, de cámaras gemelas, con idénticas funciones y en competencia. Tenemos que pensar en otro modelo, como el  llamado en doctrina “imperfecto”, que propone dos cámaras con funciones privativas: La de Diputados como cámara política, de iniciativa legislativa, de fiscalización y representación, con representación dividida en jurisdicciones más pequeñas que las actuales y uninominales; y la de Senadores como cámara reflexiva, elegidos en jurisdicción nacional, con funciones específicas de revisión y tareas de alta importancia para la Nación como la elección de los Magistrados del TC, Directores del BCR, del Contralor y del Defensor del Pueblo, tareas que en la actualidad el Congreso no las cumple oportunamente. 
Lo importante en todo sistema bicameral es algo que no está escrito en ninguna constitución, pero que existe, que algunos reconocemos como la “tercera cámara”, que se manifiesta cuando una ley aprobada en la de Diputados pasa a la de Senadores para su revisión, dando la oportunidad para que la opinión pública, actuando como “tercera cámara”, pueda expresar su aprobación o rechazo. En nuestro país esa “tercera cámara” se manifestó en varias oportunidades con eficiencia y oportunidad. Podemos citar como ejemplo la Ley de Estatización de la Banca en los 80 y hace poco la “Ley Pulpín”, que  generaron reacciones de desaprobación, dando lugar a su inaplicación y hasta su inmediata derogación. Estos errores legislativos que tienen un alto costo político, económico y social, producto del apresuramiento y de la excepción del doble debate no se producen o al menos se atenúan cuando éste se da en cámaras distintas. 

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