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jueves, 15 de abril de 2010

Paneles de obras de Castañeda y Kouri serían propaganda electoral

Defensoría del Pueblo alertó que 23 de 49 distritos en Lima y Callao habrían violado principio de neutralidad en elecciones. JNE determinará si hubo o no falta
Jueves 15 de abril de 2010 - 01:25 pm
Foto: Defensoría del Pueblo
Señal de alerta. La Defensoría del Pueblo envió al Jurado Nacional de Elecciones (JNE ) un reporte según el cual se indica que varias municipalidades de Lima y Callao estarían usando paneles que dan cuenta de obras como propaganda electoral.
“Dichos paneles contendrían o harían alusión a nombres, colores, símbolos o signos de similar naturaleza que podrían inducir a la ciudadanía a relacionarlos, directa o indirectamente, con una organización política”, indicó la Defensoría.
LOS DISTRITOS
Durante la supervisión, realizada por la Oficina Defensorial de Lima entre los días 25 de marzo y 14 de abril, se estableció que 23 de las 49 municipalidades supervisadas habrían violado el principio de neutralidad que contiene la ley electoral.
Según la institución, los distritos de Lima y Callao que tienen paneles dudosos son Barranco, Bellavista, Breña, Callao, Carabayllo, Carmen de la Legua–Reynoso, Comas, Jesús María, Lima, Lurín, Pachacámac, Pucusana, Punta Hermosa, San Bartolo, San Isidro, San Juan de Lurigancho, San Juan de Miraflores, San Martín de Porres, Santa Anita, Santa María del Mar, Santiago de Surco, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo.
En los paneles que ameritarían una sanción aparecen los nombres del alcalde de Lima, Luis Castañeda Lossio, y del candidato a la alcaldía de Lima, Álex Kouri. También hay figuras de otras tiendas políticas.
EVALUACIÓN DEL JNE
En diálogo con elcomercio.pe, Eliana Revollar, jefa de la Oficina de Lima de la Defensoría, aclaró que su institución no ha hecho ninguna calificación, ya que le corresponde al JNE determinar si hubo o no alguna falta.
En todo caso, Revollar dijo haberse basado en el Código de Ética de la Función Pública (ley 27815), Ley Orgánica de Municipalidades ( ley 27927), y el artículo 192 de la Ley Orgánica de Elecciones para hacer su análisis.
“Hemos actuado tras recabar las quejas de varios vecinos”, manifestó Revollar.
Vea los paneles de la discordia aquí .

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